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Apropiación indebida, excusa absolutoria y herencia yacente
¿Qué ocurre cuando convergen en un mismo supuesto el delito de apropiación indebida, la excusa absolutoria del art. 268 CP y una herencia yacente?
Recientemente se ha pronunciado sobre la cuestión el Tribunal Supremo en Sentencia 5271/2023 de 29 noviembre que puedes consultar clickando aquí.
La sentencia versa sobre un supuesto de apropiación indebida sobre una herencia yacente.
Pero es que, además, entra en juego también la excusa absolutoria. Fíjense que el razonamiento es muy interesante porque:
1- El TS considera que, muerta la persona sobre la que existiría excusa absolutoria (en este caso el hermano de la acusada), desaparece la excusa absolutoria si ésta no existe respecto el futuro heredero (en este caso el sobrino).
2- Ahora bien, el delito se consuma en el momento en que se produce la apropiación, por lo que, si no se ha aceptado la herencia, y esta es yacente, se consuma el delito y procede la condena.
NO OBSTANTE, si el heredero, que no se encuentra vinculado por la excusa absolutoria, RECHAZARA LA HERENCIA, de tal suerte que quien finalmente la aceptara fuera un sujeto a quien vincula la excusa absolutoria con la acusada (o incluso ella misma), el TS manifiesta que sería un supuesto para interponer un recurso extraordinario de revisión.
Sin duda se trata de una cuestión muy interesante.
Asimismo, hay que considero de especial relevancia sobre la que el TS no se pronuncia (porque no lo piden las partes y aquí porque en este caso no le apetece marcarse un "obiter dicta"). Observen que la acusada es condenada por el tipo agravado de apropiación indebida, por relación personal Y POR CUANTÍA. Pero es que la condenan por UN DELITO CONTINUADO DE APROPIACIÓN INDEBIDA.
¿Qué es lo que chirría aquí? que ninguna de las disposiciones supera los 50.000€, por lo que podría haber un non bis in idem ya que se construye el tipo agravado atendiendo al total del perjuicio causado (74.2 CP) para, a su vez, aplicar el delito continuado.
Sin duda, se trata de una sentencia interesantísima.
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